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Responsabilidad e interrupción del servicio

Responsabilidades e interrupción del servicio

8 de abril de 2021

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La responsabilidad en la preparación y presentación de los estados financieros es del representante legal y de la administración de la empresa en cuestión.

Por ello, los contadores suelen preparar un contrato adicional al momento de realizar el acompañamiento en la preparación y presentación de los estados financieros, pues la responsabilidad sobre este tema no es transferible.

La actuación del contador público está regulada por la Ley 43 de 1990, el Código de Ética de la IFAC y las condiciones pactadas en el contrato formal. Bajo estas normativas podemos destacar la siguiente información de su interés:

¿Cuánto puede cobrar un contador?

ARTÍCULO 46. Siendo la retribución económica de los servicios profesionales un derecho, el Contador Público fijará sus honorarios de conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancia en cada uno de los casos que le corresponda cumplir, pero siempre previo acuerdo por escrito entre el Contador Público y el usuario.

¿Los contadores pueden certificar y dictaminar estados financieros?

ARTÍCULO 11. Es función privativa del Contador Público expresar dictamen profesional e independiente o emitir certificaciones sobre balances generales y otros estados financieros.

¿Cuándo pueden los contadores interrumpir su servicio?

De acuerdo con la Ley 43 de 1990, se mencionan las razones bajo las cuales el contador puede interrumpir sus servicios

“Artículo 44. El Contador Público podrá interrumpir la prestación de sus servicios en razón a los siguientes motivos:

a) Que el usuario del servicio reciba la atención de otro profesional que excluya la suya.

b) Que el usuario del servicio incumpla con las obligaciones convenidas con el Contador Público.”

¿Puede firmar contabilidad que no se encuentre bajo normas NIIF?

En el Decreto 2420 de 2015, artículo 1 .1 ,1 .3. Cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1; articulo 1.1.23. Cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 2 y articulo 1.1 .3.3. Cronograma de aplicación del marco técnico normativo de información financiera para las microempresas.  

El incumplimiento de la obligación de llevar contabilidad, conforme a los principios de contabilidad de general aceptación, puede generar sanciones que están contempladas en el Código de Comercio (artículo 58) y en otras normas (como por ejemplo art. 655 ET), además de no servir como prueba contable para efectos legales.

Por ello, es importante dar cumplimiento al Artículo 8 del consejo técnico de la contaduría pública, sobre las normas que deben observar los contadores públicos, en especial el numeral 4 “Vigilar que el registro e Información contable se fundamente en principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia”.

¿Debe el contador compartir los papeles de trabajo?

ARTÍCULO 9. DE LOS PAPELES DE TRABAJO. Mediante papeles de trabajo, el Contador Público dejará constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional. Tales papeles, que son propiedad exclusiva del Contador Público, se prepararán conforme a las normas de auditoría generalmente aceptadas. *Subrayado por parte de la firma.

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