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¿Qué sucederá con el auxilio de conectividad al terminar la pandemia de COVID-19?

¿Qué sucederá con el auxilio de conectividad al terminar la pandemia de COVID-19?

17 de abril de 2021

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Reflexionando acerca del auxilio de conectividad nos planteamos la siguiente pregunta ¿qué sucederá con el auxilio de conectividad cuando se acabe la emergencia sanitaria decretada por el gobierno nacional?

Como ya lo hemos señalado en un artículo anterior, el gobierno nacional en el mes de junio de 2020, profirió el Decreto Legislativo 771 de 2020, el cual estableció la obligación para los empleadores de pagar el auxilio de conectividad, frente aquellos trabajadores que desarrollan labores en la modalidad de trabajo en casa, lo anterior como respuesta frente al hecho de la no obligatoriedad del pago del auxilio de transporte frente aquellos trabajadores que por razones de salubridad, desempeñan su labor en la modalidad de trabajo en casa.

Ahora bien, lo que muchos desconocen es que los Decretos Legislativos, a pesar de que tienen vigencia a partir de su publicación, también son objeto de estudio de constitucionalidad por parte de la H.

Corte Constitucional, estudios que han llevado a que algunos de muchos Decretos Legislativos que ha expedido el gobierno nacional hayan sido declarados como inconstitucionales –por no encontrarse en alineados a los principios de la Constitución Nacional- teniendo como consecuencia, en algunos casos, efectos retroactivos frente a lo que ordenaba determinado Decreto, verbigracia de ello, es el Decreto Legislativo 558 de 2020 que daba la facultad a los empleadores de cotizar durante tres (3) meses el aporte a pensiones de sus trabajadores en un porcentaje del tres por ciento (3%), Decreto que después de un estudio de constitucionalidad, se concluyó su inconstitucionalidad, teniendo como consecuencia que empleadores y trabajadores deben aportar la diferencia que no se pagó durante los meses de abril, mayo y junio, frente al Sistema General de Pensiones.

Pues bien, producto de un estudio de constitucionalidad realizado por la alta corte ya señalada, concluyó que el Decreto Legislativo 771 de 2020, se encuentra totalmente ajustado a la Constitución Nacional, pero adicional a ello, estableció que dicho auxilio de conectividad, podrá ser extensible posterior al día en que se termine la declaratoria de emergencia, para aquellos casos en los que por razón a la pandemia desencadenada por el virus del Sars Cov 2/ Covid-19, se requiera salvaguardar la salud de los trabajadores enviándolos a laborar desde casa.

Así las cosas y con el fin de que su empresa se encuentre totalmente protegida de riesgos laborales, le invitamos a que se comunique con nosotros para tener el gusto de asesorarle, previendo cualquier riesgo legal a su compañía.

Realizado Por:
Camilo H. Cuellar Castro,
Abogado Especializado en Derecho Laboral y de la Seguridad Social,
G&D Consulting Group

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