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¿Cómo se debe realizar un proceso disciplinario? ¡Te lo explicamos!

Cómo se debe realizar un proceso disciplinario

21 de febrero de 2024

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Proceso Disciplinario

Los procesos disciplinarios en la actualidad, requieren una comprobación de una falta disciplinaria presuntamente cometida por un trabajador.

¿Cuál es el proceso que se debe surtir en un proceso disciplinario?

Es necesario que la empresa como empleadora, haya establecido previamente dentro de su reglamento interno de trabajo un procedimiento disciplinario, en el cual debe constar los pasos por surtirse para cumplir con el proceso de debida diligencia, estos pasos son:

  1. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario al trabajador y la formulación de cargos.
  2. El traslado al trabajador de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.
  3. La indicación de un término para que el trabajador rinda descargos sobre los hechos y acusaciones, controvierta las pruebas en su contra y entregue aquellas que sustenten su defensa.
  4. El pronunciamiento definitivo del empleador mediante escrito argumentado en donde además deberá imponer una sanción proporcional a la falta y apegada a lo que indique el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa y/o a las normas superiores establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo.
  5. La posibilidad de que el trabajador tenga la posibilidad de acudir a una segunda instancia en donde pueda controvertir las decisiones, mediante los recursos pertinentes (Reposición y/o Apelación).
  6. Para que se cumplan los pasos arriba referenciados, no es necesario que el empleador genere cinco (5) comunicados, sino que contrario sensu, puede unificar documentos siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Corte Constitucional.
  7. Ahora bien se estarán preguntando que sucede si el proceso disciplinario que están desarrollando en su empresa no cumple con los requisitos aquí señalados, pues se debe hacer la precisión, de que en caso de que usted apreciado lector opte por no realizar el proceso disciplinario cumpliendo el lleno de requisitos indicado por la Corte Constitucional.

¿Cuál es el riesgo de no realizar el proceso disciplinario?

Al no realizar un proceso disciplinario podría arriesgarse a que dicho proceso sea reputado como violatorio de los derechos fundamentales del trabajador (Art. 29 de la Constitución Nacional) y en consecuencia se tenga como un proceso ineficaz.

Lo que conlleva a que si usted como producto del proceso disciplinario interpuso una sanción o terminó el contrato laboral del trabajador, esta se torne infructífera.

Para tal caso, se pueda declarar por parte de un juez ordinario laboral como una terminación laboral sin justa causa y deba realizar el pago de una indemnización por despido sin justa causa, con base en lo establecido en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

Recordemos que el proceso indicado arriba, tiene como fundamento el artículo 29 de la Carta Magna, dado que la norma no indicó cuales eran los mínimos que debía contener, por lo que la Corte Constitucional de Colombia, como máximo órgano protector de la Constitución y velando por el cabal cumplimiento del artículo 29 de la Carta Magna, el cual se refiere al derecho fundamental al debido proceso y a la defensa indicó en sentencia C 593 de 2014 que los procesos disciplinarios que se desarrollan al interior de las empresas como mínimo con los pasos descritos anteriormente.

A efectos de que no incurra en yerros que puedan tener las consecuencias arriba indicadas, le sugerimos que, ante cualquier duda en la aplicación del proceso disciplinario al interior de su empresa, acuda a expertos en la materia, pudiéndole de esta manera ofrecer los servicios de asesoría legal de G&D Consulting Group y de ésta manera tener un proceso que cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley y la jurisprudencia.

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