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Causación del impuesto a las ventas

Causación del impuesto a las ventas

15 de abril de 2021

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Se debe precisar que la causación del impuesto a las ventas obedece a los hechos generadores dispuestos en el artículo 420 del Estatuto Tributario, siendo uno de ellos:

“c) La prestación de servicios en el territorio nacional, o desde el exterior, con excepción de los expresamente excluidos”.

Por lo tanto, siempre que se cause el impuesto, el responsable deberá recaudarlo, declararlo y pagarlo a la Administración Tributaria.

En este sentido, la anulación de la factura de venta podrá efectuarse cuando la operación económica que se soporta no se lleva a cabo.

Sin embargo, no es posible anular la factura de venta cuando la operación de venta o prestación de servicio se efectúa y no se recibe el pago de la misma.

Tratándose de factura electrónica de venta, la Resolución 000042 de 2020 dispone en el artículo 30, que la anulación de la factura, en caso que proceda, se deberá efectuar mediante el uso de nota crédito.

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