Servicios de outsourcing | Contable | Tributario | Legal | Auditoria

¿Afectado por la caída de sistemas DIAN en mayo de 2025? Conoce las nuevas fechas para reporte de información exógena 2024 – Resolución DIAN 000213

44 La DIAN Emitio Una Resolucion Que Establece Nuevos Plazos Para El Reporte De Informacion Exogena Tributaria

23 de mayo de 2025

Categorias

Etiquetas

RESUMEN: ¿Afectado por la caída de sistemas DIAN en mayo de 2025? Conoce las nuevas fechas para reporte de información exógena 2024. La DIAN emitió una resolución que establece nuevos plazos para el reporte de información exógena tributaria correspondiente al año gravable 2024, debido a la indisponibilidad técnica de sus sistemas informáticos. La medida, anunciada el 23 de mayo de 2025, modifica el artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023 y otorga fechas específicas según el último dígito del NIT, beneficiando a grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales.

Esta disposición busca mitigar los efectos de la contingencia tecnológica, permitiendo a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones sin sanciones por extemporaneidad. Sectores afectados, como comercio exterior y grandes empresas, deben ajustarse a las nuevas fechas, que van desde el 28 de mayo hasta el 13 de junio de 2025. La resolución también aclara que, en futuras contingencias, los plazos se contarán a partir del restablecimiento oficial de los servicios.

Ver a continuación Resolución DIAN sobre: ¿Afectado por la caída de sistemas DIAN en mayo de 2025? Conoce las nuevas fechas para reporte de información exógena 2024:

Nuevos plazos para el reporte de la información exógena tributaria del año gravable 2024

Resolución DIAN Número 000213 de 23-05-2025

Por la cual se crean nuevos plazos para el reporte de la información exógena tributaria del año gravable 2024 y se modifica el inciso 1 del artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Resumen Resolución DIAN:

En uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, y el artículo 70 de la Resolución 00162 de 2023.

CONSIDERANDO

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN expidió la Resolución 000162 el 31 de octubre de 2023, estableció el grupo de obligados a suministrar información tributaria, el contenido, las características técnicas, los plazos para su presentación y los anexos técnicos, para el cumplimiento de la obligación por el año gravable 2024 y siguientes, con fundamento los artículos 623, 623-2 (sic), 623-3, 624, 625, 627, 628, 629, 629-1, 631, 631-1, 631-2, 631-3 y 633 del Estatuto Tributario y lo señalado en el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en los artículos 1.2.1.4.4., 1.2.1.5.3.6., 1.5.5.8., 1.6.1.28.1. y numerales 1 y 2 del artículo 2.1.1.20. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y el artículo 2.2.9.3.7. del Decreto 1072 del 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Que el artículo 65 de la Resolución 00162 del 31 de octubre de 2023, modificado por artículo 10 de la Resolución 000188 del 30 de octubre de 2024, estableció los plazos para la presentación de la información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, los cuales, para el reporte de la información exógena del año gravable 2024, tenía como vencimientos entre el 25 de abril al 13 de junio de 2025.

Que el artículo 70 de la Resolución 162 del 31 de octubre de 2023, estableció: «Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología o dependencia que haga sus veces, dará a conocer mediante comunicado la no disponibilidad de los sistemas de información y servicios digitales que impide cumplir efectivamente con la obligación de informar. En este evento, el informante podrá cumplir con el respectivo deber legal dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la finalización de los vencimientos establecidos para la presentación de la respectiva información, sin que ello implique extemporaneidad y pudiendo en todo caso el informante presentarla con anterioridad.»

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN a través del comunicado de prensa número 047 del día 13 de mayo de 2025, declaró la indisponibilidad de los servicios informáticos por incidentes de los sistemas, así:

«La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se declara la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y el artículo 27 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019, debido a incidentes técnicos de los sistemas de información.»

RESUELVE

Artículo 1. Plazo especial para el reporte de la información exógena tributaria del año gravable 2024. Los obligados a reportar información exógena tributaria por el año gravable 2024 que tenían vencimiento entre el 12 de mayo de 2025 al 13 de junio de 2025 de conformidad con el artículo 65 de la Resolución 00162 de 2023, deberán reportarla a más tardar en las siguientes fechas:

GRANDES CONTRIBUYENTES:

Último DígitoFecha
9 y 028 de mayo de 2025

PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES:

Últimos dos DígitosFecha
01 a 1028 de mayo de 2025
11 a 2003 de junio de 2025
21 a 3004 de junio de 2025
31 a 4005 de junio de 2025
41 a 5006 de junio de 2025
51 a 6009 de junio de 2025
61 a 7010 de junio de 2025
71 a 8011 de junio de 2025
81 a 9012 de junio de 2025
91 a 0013 de junio de 2025

Artículo 2. Modificar el inciso 1 del artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023. Modifíquese el inciso 1 del artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023, el cual quedará, así:

«Artículo 70. CONTINGENCIA. Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología o dependencia que haga sus veces, dará a conocer mediante comunicado la no disponibilidad de los sistemas de información y servicios digitales que impide cumplir efectivamente con la obligación de informar. En este evento, el informante deberá cumplir con el respectivo deber legal dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes al comunicado expedido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en donde indica que el servicio informático ha sido restablecido, sin que ello implique extemporaneidad y pudiendo en todo caso el informante presentarla con anterioridad.»

Artículo 3. PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 4. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá D.C.

LUIS EDUARDO LLINÁS CHICA
Director General (E)

Proyectó: Mesa de Trabajo de Información Tributaria
Revisó: Ángela Dabis Cruz Lasso, Subdirectora de Análisis de Riesgo y Programas
Luís Adelmo Plaza Guamanga – Asesor despacho Dirección de Gestión Jurídica
Aprobó: David Gustavo Suarez Castellanos, Director de Gestión Estratégica y de Analítica
Gustavo Alfredo Paraña Figuezedo, Director de Gestión Jurídica
Julian David Medina Herrera, Director de Gestión de Innovación y Tecnología

Puedes encontrar más información sobre: ¿Afectado por la caída de sistemas DIAN en mayo de 2025? Conoce las nuevas fechas para reporte de información exógena 2024, en dian.gov.co       

 
Además del tema relacionado con: ¿Afectado por la caída de sistemas DIAN en mayo de 2025? Conoce las nuevas fechas para reporte de información exógena 2024, quizás te interese leer: DIAN amplía plazos para información exógena 2024: ¿Cuándo y a quiénes aplica? – Comunicado N° 050

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)

Iniciar chat
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?