Servicios de outsourcing | Contable | Tributario | Legal | Auditoria

¿Cómo deben señalizarse los espacios libres de humo y aerosoles? – Resolución MinSalud No. 0624 de 2025

64 Esta Prohibido El Consumo De Productos De Tabaco Incluyendo Sus Derivados Y Dispositivos Electronicos De Nicotina

26 de junio de 2025

Etiquetas

RESUMEN: ¿Cómo deben señalizarse los espacios libres de humo y aerosoles? El Ministerio de Salud y Protección Social expidió una resolución mediante la cual adopta oficialmente el manual para la señalización de ambientes 100% libres de humo de tabaco y aerosoles emitidos por sus sucedáneos e imitadores. Esta nueva normativa responde al crecimiento del uso de dispositivos como cigarrillos electrónicos, vapeadores y productos de tabaco calentado, los cuales también emiten sustancias nocivas.

La medida se enmarca en la Ley 1335 de 2009 y su reforma mediante la Ley 2354 de 2024, así como en compromisos internacionales como el Convenio Marco de la OMS. ¿Qué deben hacer los empleadores, administradores de espacios públicos y establecimientos comerciales? Aquí lo explicamos.

¿Qué establece la Resolución 0624 de 2025?

La Resolución MinSalud 0624 de 2025, expedida el 8 de abril, adopta el Manual para la señalización obligatoria en todos los lugares donde está prohibido el consumo de productos de tabaco, incluyendo sus derivados y dispositivos electrónicos de nicotina.

Este manual define los siguientes elementos técnicos:

  • Diseño gráfico unificado y obligatorio con la frase “Respire con tranquilidad”.
  • Especificaciones sobre tipografía, colores, tamaños y materiales (PVC, polietileno o poliestireno).
  • Formatos válidos de señalización (A5 a A1) según la distancia de visibilidad.
  • Inclusión obligatoria del isotipo del MinSalud y posibilidad de incorporar otros logos institucionales.
  • Reglas para ubicar la señalización en lugares visibles desde entradas y zonas de espera.

Además, se aclara que el término “ambiente libre de humo” también comprende los aerosoles de sucedáneos como vapeadores, SEAN, SSSN, PTC y PNO.

¿A quiénes aplica y cuáles son los efectos?

Esta resolución es obligatoria para todos los propietarios, empleadores y administradores de los lugares descritos en el artículo 19 de la Ley 1335 de 2009. Algunos de estos son:

  • Lugares de trabajo, bares, restaurantes, hoteles, centros comerciales.
  • Instituciones educativas y de salud, museos, bibliotecas, transportes públicos y privados.
  • Estaciones de servicio y espacios con materiales inflamables.
  • Zonas culturales, deportivas y de eventos masivos.

Impacto práctico:

  1. Los espacios mencionados deberán implementar las nuevas señalizaciones en un plazo máximo de seis (6) meses desde la expedición de la resolución.
  2. El incumplimiento será objeto de sanciones por parte de las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, que realizarán la inspección, vigilancia y control sanitario.
  3. Se busca no solo cumplir con la normativa, sino proteger la salud de trabajadores, usuarios y población general, especialmente niños y adolescentes.

Ejemplo práctico:
Una empresa con oficinas abiertas al público deberá instalar señalización visible en las entradas, zonas comunes y salas de espera, utilizando los formatos oficiales y respetando los colores y textos definidos por el Ministerio.

Recomendaciones y cumplimiento

¿Qué deben hacer los empleadores y propietarios?

  • Verificar si sus instalaciones están dentro del listado de lugares con obligatoriedad de señalización.
  • Descargar y adaptar la señalización conforme al manual adoptado por MinSalud.
  • Ubicarla estratégicamente en áreas visibles, sin obstrucciones y conforme a los lineamientos técnicos.
  • Utilizar materiales resistentes y durables, como PVC o polietileno calibre 40.
  • Capacitar al personal sobre el alcance de la norma y sus fines preventivos.

Plazo de adecuación: Hasta el 8 de octubre de 2025.

Sanciones: El incumplimiento podrá dar lugar a medidas correctivas conforme al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), además de sanciones administrativas por parte de las autoridades sanitarias competentes.

Ver a continuación Resolución Ministerio de Salud y Protección Social sobre: ¿Cómo deben señalizarse los espacios libres de humo y aerosoles?  

NUEVAS REGLAS PARA PROTEGER LA SALUD PÚBLICA

Colombia adopta manual para señalizar ambientes 100% libres de humo y aerosoles:

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia emitió la Resolución Número 624 de 2025, mediante la cual se adopta el Manual para la señalización de los ambientes 100% libres de humo de tabaco y aerosoles emitidos por sus sucedáneos e imitadores. Esta normativa, publicada el 8 de abril de 2025, busca fortalecer la protección de la salud pública al regular la señalización en espacios donde está prohibido el consumo de tabaco y sus derivados, incluyendo cigarrillos electrónicos y productos similares. La resolución se fundamenta en leyes como la Ley 1335 de 2009 (modificada por la Ley 2354 de 2024) y el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, ratificado por Colombia en 2006.

El propósito es garantizar que los ciudadanos respiren aire libre de sustancias nocivas en lugares públicos y de trabajo, mientras se promueven estilos de vida saludables. La medida afecta a propietarios, empleadores y administradores de establecimientos como bares, restaurantes, centros educativos, entidades de salud y transporte público, entre otros.

Con esta medida, se busca disminuir la exposición involuntaria al humo de tabaco y a los aerosoles provenientes de dispositivos como vapeadores, cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado, mediante una señalización estandarizada, visible y educativa.

Fundamentación jurídica y alcance de la medida

La Resolución 624 de 2025 se enmarca en diversas normas nacionales e internacionales:

  • Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, adoptado en Colombia mediante la Ley 1109 de 2006.
  • Ley 1335 de 2009, conocida como la Ley Antitabaco.
  • Ley 2354 de 2024, que amplía el ámbito de aplicación a productos sucedáneos como los SEAN (sistemas electrónicos de administración de nicotina) y los PTC (productos de tabaco calentado).
  • Ley 9 de 1979, Código Sanitario Nacional.
  • Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), que impone el deber de informar sobre productos nocivos.
  • Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana), que contempla medidas correctivas por permitir el consumo de tabaco en lugares no autorizados.

Objeto de la resolución

El objetivo principal es adoptar un manual oficial y obligatorio de señalización, que indique de forma clara y uniforme que un espacio es 100% libre de humo y aerosoles emitidos por productos de tabaco y sus imitadores. Esta obligación aplica tanto en espacios cerrados como abiertos de acceso al público, lugares laborales, educativos y de atención al ciudadano.

Justificación técnica y sanitaria

El Ministerio de Salud justifica esta medida en la evidencia científica disponible:

  • En Colombia mueren más de 34.800 personas anualmente por enfermedades relacionadas con el tabaco.
  • Los aerosoles de los dispositivos alternativos contienen sustancias cancerígenas como nicotina, formaldehído, acroleína, metales pesados y compuestos orgánicos volátiles.
  • La exposición pasiva a estos compuestos afecta gravemente a poblaciones vulnerables, como niños, mujeres embarazadas y adultos mayores.

Además, el Estudio Nacional de Consumo de Sustancias Psicoactivas en Población Escolar 2022, reveló que el 22,7% de los escolares ha usado vaporizadores alguna vez, y que el consumo es más alto en instituciones privadas y zonas urbanas.

Elementos del Manual

El manual técnico anexo a la resolución establece:

  • Diseño gráfico obligatorio: Incluye el título “Respire con tranquilidad”, el logo del Ministerio de Salud y un símbolo visual amigable, con tonos verdes que evocan salud y naturaleza.
  • Formatos disponibles: Tamaños desde A5 hasta A1, según distancia de observación.
  • Materiales recomendados: PVC, polietileno o poliestireno, resistentes a la intemperie y fáciles de limpiar.
  • Ubicación estratégica: Entradas principales, baños, porterías, salas de espera, auditorios, ascensores y cualquier punto de tránsito o atención al público.
  • Adaptación lingüística: Puede traducirse a idiomas indígenas o regionales, sin alterar el contenido original.
  • Identidad visual uniforme: Los colores, tipografías (Nunito Sans ExtraBold) y proporciones están definidos según las normas ISO y la NTC 1461.

Obligaciones específicas

La resolución establece un plazo transitorio de seis meses desde su expedición para que los establecimientos actualicen su señalización conforme al nuevo manual.

Además, se asigna a las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales la función de verificar su cumplimiento, dentro de los procesos de inspección, vigilancia y control sanitario.

Implicaciones y retos para su implementación

La Resolución 624 de 2025 marca un nuevo hito en la política pública de control del tabaco en Colombia. No solo amplía la cobertura normativa a los nuevos productos alternativos al cigarrillo tradicional, sino que impone un deber claro de señalización a los responsables de lugares públicos y privados.

Desde una perspectiva sanitaria, esta medida protege los derechos fundamentales a la salud, al ambiente sano y a la información veraz y oportuna. Desde lo jurídico, se consolida un marco más riguroso y coherente para limitar la exposición involuntaria a sustancias tóxicas, especialmente en zonas de alta concurrencia.

Para los administradores y propietarios de establecimientos, la implementación de esta señalización no es opcional: es un mandato legal con plazos definidos y sujeto a sanciones si no se cumple. Más allá del cumplimiento normativo, se trata de una medida clave para promover espacios seguros, informados y saludables.

En adelante, será esencial realizar campañas de divulgación, apoyar la correcta implementación del manual en todo el país y garantizar que los espacios públicos estén verdaderamente libres de humo y aerosoles, en consonancia con los compromisos internacionales del Estado colombiano y los derechos de todos los ciudadanos.

Puedes ver la Resolución completa del ministerio de Salud Aquí

 
Puedes encontrar más información sobre: ¿Cómo deben señalizarse los espacios libres de humo y aerosoles?, en minsalud.gov.co

Además del tema relacionado con: ¿Cómo deben señalizarse los espacios libres de humo y aerosoles?, quizás te interese leer: ¿Qué es “Obras por Impuestos” y cómo mejora la salud pública? Minsalud Comunicado de Prensa 178-2024

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)

Iniciar chat
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?