RESUMEN: ¿Cómo registrar alimentos y bebidas no alcohólicas en Invima? El Invima emitió una Circular Externa con el fin de anunciar la activación del módulo para nuevos registros de productos del sector de alimentos y bebidas no alcohólicas en InvimÁgil, la plataforma digital que moderniza los trámites de autorización de comercialización en Colombia. Este cambio normativo responde a la necesidad de agilizar los procesos de registro, reducir tiempos y facilitar la autogestión de empresas y emprendedores del sector.
La pregunta clave es: ¿cómo deben las personas naturales, empresas y pymes registrar sus productos alimenticios en esta nueva herramienta digital y qué normatividad deben cumplir?
El documento define la entrada en operación del módulo de registro de productos en InvimÁgil, lo que implica:
- Consolidar la ruta integral de inscripción iniciada con las circulares 1000-006-2025 y 1000-008-2025.
- Permitir la autogestión de trámites de autorización de comercialización en línea.
- Reducir los tiempos de respuesta en un 95 %, pasando de semanas a horas o incluso minutos.
- Establecer que el sistema calculará automáticamente las tarifas de registro, con base en la Ley 399 de 1997 y la Ley 2069 de 2020.
- Reemplazar gradualmente el uso de la Oficina Virtual para estos trámites.
El Invima además aclara que la normatividad sanitaria que debe revisarse incluye la Resolución 2674 de 2013, Resolución 3168 de 2015, Resolución 719 de 2015, Resolución 5109 de 2005 y Resolución 810 de 2021.
¿A quiénes aplica y cuáles son los efectos?
La circular aplica a:
- Personas naturales emprendedoras que elaboren o comercialicen alimentos y bebidas no alcohólicas.
- Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas del sector vigiladas por el Invima.
Efectos prácticos:
- Los registros de producto ahora se realizan en siete secciones: Información general, composición, método de elaboración, instrucciones de uso, documentos obligatorios, documentos complementarios y términos y condiciones.
- Las empresas deben haber completado la ruta de registro (usuario, empresa y actividades) antes de ingresar al módulo.
- En caso de que un tercero participe en la fabricación, deberá estar inscrito previamente en la plataforma.
- Los pagos de tarifas serán automáticos y ajustados al perfil tributario y económico del solicitante.
Ejemplo práctico:
Una pyme que produzca bebidas energéticas deberá ingresar a InvimÁgil, diligenciar la composición del producto, adjuntar documentos técnicos y sanitarios, y aceptar los términos y condiciones. El sistema calculará de inmediato el valor a pagar y generará la autorización en cuestión de horas.
Recomendaciones y cumplimiento
- Completar la ruta de inscripción en InvimÁgil antes de iniciar el registro del producto.
- Revisar la normatividad sanitaria vigente para garantizar el cumplimiento de requisitos técnicos.
- Estar atentos a los avisos del Invima, ya que otros trámites como renovaciones o modificaciones seguirán temporalmente en la Oficina Virtual.
- Participar en las capacitaciones y webinars ofrecidos por el Instituto para familiarizarse con la nueva plataforma.
- Conservar copias de la documentación cargada y verificar que los datos coincidan con los registros previos.
En caso de inconsistencias, los usuarios podrán acudir a la Mesa de Ayuda en línea disponible en el micrositio de InvimÁgil.
Ver a continuación Circular Externa INVIMA sobre: ¿Cómo registrar alimentos y bebidas no alcohólicas en InvimÁgil?
INVIMA
CIRCULAR EXTERNA 1000-010-2025
Para: Personas naturales, personas jurídicas, micro, pequeñas, medianas y grandes empresas del sector de alimentos y bebidas no alcohólicas a nivel nacional vigiladas por el Invima.
Asunto: Activación del módulo para nuevos registros de productos del sector de Alimentos y Bebidas No Alcohólicas en InvimÁgil.
Fecha: 22 de julio de 2025
Estimados usuarios, emprendedores, empresarios y demás destinatarios: Reciban un cordial saludo,
Dando alcance a las circulares externas 1000-006-2025 y 1000-008-2025, tenemos el agrado de anunciar la activación del módulo de nuevos registros de producto para el sector de Alimentos y Bebidas No Alcohólicas en InvimÁgil, nuestra nueva plataforma Web diseñada para facilitar y agilizar los trámites relacionados con las autorizaciones de comercialización (registros, permisos, notificaciones sanitarias) de los productos vigilados por el Instituto.
Con la puesta en marcha de este módulo consolidamos la ruta de registro para este sector, que inició con la activación de los módulos transversales de creación de usuario e inscripción de empresa el pasado 8 de mayo y posterior activación del módulo de inscripción de actividades el 5 de junio de 2025, que a la fecha nos arroja los siguientes resultados:
A partir de hoy, 22 de julio de 2025, podrán autogestionar en línea sus solicitudes de autorización de comercialización. Este proceso se realiza a través de aplicar formularios electrónicos que incorporan los requisitos técnicos y normativos, permitiendo el cargue de la documentación requerida, según aplique.
Con este lanzamiento, los usuarios, emprendedores y empresarios del sector podrán obtener sus autorizaciones de comercialización en horas o minutos, mediante un proceso completamente automático, tal como lo dicta la normativa que hoy rige esta materia.
De esta manera, se completa la habilitación de los módulos que conforman la ruta integral de inscripción en InvimÁgil para la obtención de autorizaciones de comercialización, lo que permitirá reducir los tiempos de respuesta en un 95%, siendo 21 veces más eficiente que el proceso anterior.
Con base en lo expuesto, a continuación, se presentan las principales particularidades y funcionalidades del módulo de registro de producto, junto con algunas disposiciones especiales
y consideraciones finales en el marco de este proceso de automatización y modernización institucional:
Particularidades principales:
- Para avanzar en el módulo de registro de producto, es indispensable haber completado la ruta de registro de InvimÁgil señalada desde la Circular Externa 1000-006-2025 del 8 de mayo de 2025, que implica haberse creado como usuario, inscribir empresa e inscribir actividades.
- Quienes no hayan completado dicha ruta con anterioridad podrán hacerlo desde este momento. No obstante, en estos casos deberán realizar todos los pasos de manera simultánea, incluyendo el registro del producto. Por el contrario, aquellos usuarios que ya venían adelantando el proceso podrán ingresar directamente al módulo de registro de producto.
- Antes de diligenciar la información en el sistema, cada empresa o usuario debe conocer y verificar la normatividad sanitaria aplicable a su producto que desea registrar. Esto incluye, entre otras, las disposiciones contenidas en la Resolución 2674 de 2013 modificada por la Resolución 3168 de 2015, la Resolución 719 de 2015, la Resolución 5109 de 2005, Resolución 810 de 2021, entre otras expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Algunas funcionalidades del módulo de registro de producto están conectadas con los datos previamente suministrados en los módulos de inscripción de empresa e inscripción de actividades. Por esta razón, es fundamental completar la ruta de inscripción en InvimÁgil, tal como se ha reiterado en las distintas circulares, sesiones informativas y en las respuestas publicadas en la sección de Preguntas Frecuentes del micrositio de InvimÁgil. A continuación, se presentan algunos ejemplos que ilustran estos casos:
- La información registrada en la sección «Mis Ubicaciones», que incluye datos sobre espacios y establecimientos físicos, se vincula directamente con el módulo de registro de productos.
- Los datos gestionados en la sección «Mis relaciones con terceros» están conectados tanto con el módulo de inscripción de actividades como con el de registro de productos, especialmente cuando se requiere asociar a un tercero para avanzar en la modalidad de registro sanitario. Esto ocurre, por ejemplo, cuando la actividad de fabricación no la realiza la empresa titular, sino un tercero autorizado.
- La inscripción de actividades es un requisito previo y fundamental para el registro de productos, ya que dentro de este trámite el sistema solicitará indicar quien ejecuta cada una de las actividades exigidas por la modalidad de la autorización de comercialización, ya sea por el solicitante o por un tercero.
- En los casos en que alguna actividad sea ejecutada por un tercero, la plataforma solicitará de inmediato su identificación para establecer la asociación. Esta asociación solo será posible, si el tercero ya ha inscrito previamente la actividad correspondiente en la plataforma.
5. El proceso de registro de nuevos productos de alimentos y bebidas no alcohólicas en InvimÁgil conlleva costos asociados. En cumplimiento de las reglas de automatización, la plataforma determinará automáticamente el valor de la tarifa a pagar, con base en la información que el usuario ingrese o seleccione a lo largo de la ruta de inscripción. Esta tarifa se calculará conforme al esquema tarifario del INVIMA establecido en la Ley 399 de 1997 y las normas complementarias vigentes. Esto significa que el usuario ya no deberá seleccionar ni ingresar manualmente el valor a pagar, ya que será definido por el sistema InvimÁgil de forma automática a partir de los datos proporcionados.
Entre las variables consideradas se encuentran la información tributaria y financiera de las empresas —la cual permite aplicar reglas internas para categorizar a los usuarios según su sector, actividad económica principal e ingresos por actividades ordinarias— así como el tipo de producto y el número de variedades incluidas en la autorización de comercialización. Cabe resaltar que el sistema aplica la exención tarifaria y las tarifas diferenciadas definidas en la Ley 2069 de 2020.
Funcionalidades de cada sección del módulo de registro de producto:
El módulo para el registro de nuevos productos está compuesto por 7 secciones a saber: 1) Información General; 2) Composición; 3) Proceso o método de elaboración; 4) Instrucciones de Uso; 5) Documentos obligatorios; 6) Documentos complementarios y 7) Términos y condiciones.
Cada sección incluye uno o varios formularios electrónicos que combinan diferentes tipos de campos, entre ellos: listas desplegables vinculadas a bases de datos parametrizadas, campos con validación automática, campos con información sugerida y campos abiertos para ingreso libre de información.
A continuación, se describen las principales características y funcionalidades de cada sección:
- Información General: En esta sección podrá seleccionar y/o completar la información relacionada con su producto: Sector económico, origen, modalidad de la autorización de comercialización, tipo de producto (Resolución 719 de 2015), nombre comercial; indicación de variedades (o no) y marca. En esta sección, podrán aparecer “Pop Ups” o ventanas emergentes, dependiendo la opción que se seleccione y en ese sentido, se deberá completar o indicar información adicional.
- Composición: En esta sección podrá registrar la composición detallada de su producto, incluyendo todos los ingredientes, aditivos, nutrientes, especias e ingredientes compuestos utilizados. Así como, el tipo y material de envase.
- Proceso o método de elaboración: En esta sección deberá registrar para su producto, el proceso o método de elaboración y sus correspondientes presentaciones comerciales. El proceso o método de elaboración podrá ser descrito mediante texto y/o cargarse como un documento o imagen en formato PDF, PNG o JPG.
- Instrucciones de Uso: En esta sección deberá registrar las instrucciones de uso para su producto, y además las condiciones de conservación, vida útil estimada, grupo poblacional objetivo, y otros datos relevantes según aplique.
- Documentos obligatorios: En esta sección deberá cargar los documentos que correspondan según el tipo de producto, dando cumplimiento a la normatividad sanitaria vigente, dependiendo de las características del producto o los ingredientes que lo compongan
- Documentos complementarios: En esta sección podrá cargar información complementaria que considere relevante para su trámite. Tenga en cuenta que lo que se adjunte en esta sección será revisado por el Instituto en el marco de la evaluación integral del trámite, por lo que será tenido en cuenta durante la revisión posterior.
- Términos y condiciones: En esta sección, deberá leer y aceptar los términos y condiciones asociados al trámite autogestionado en InvimÁgil, asumiendo la responsabilidad sobre la veracidad y exactitud de la información suministrada. Entre los aspectos contemplados se incluyen: la declaración de veracidad, la responsabilidad legal, la protección de datos personales y la confirmación del uso de la notificación electrónica.
Disposiciones especiales:
En cumplimiento de lo establecido en las Resoluciones Invima No. 2025029237 del 17 de julio de 2025 y 2025029546 del 18 de julio de 2025, y conforme a lo dispuesto en la presente circular, se informa lo siguiente:
- A partir de la fecha, la herramienta en línea denominada “Oficina Virtual” no continuará recibiendo trámites relacionados con solicitudes de nuevos registros/permisos/notificaciones sanitarias para el sector de alimentos y bebidas no alcohólicas.
- De manera voluntaria, los usuarios podrán optar por no continuar con un trámite de nuevo registro de alimentos y/o bebidas no alcohólicas a través de la ruta tradicional (Oficina Virtual) y, en su lugar, gestionarlo mediante InvimÁgil, aplicando para ello las reglas de desistimiento voluntario previstas en el procedimiento administrativo general. El Invima, a través de las áreas competentes, emitirá las instrucciones específicas necesarias para viabilizar y/o ejecutar esta disposición.
- El Invima avanza de manera acelerada en la habilitación de nuevas funcionalidades dentro del módulo de registro de productos. Entre estas se encuentran el trámite de modificación y la generación automática de certificados asociados a los nuevos registros emitidos a través de InvimÁgil. Adicionalmente, se desarrolla un proceso de transición que permitirá a los usuarios la autogestión de trámites sobre autorizaciones de comercialización otorgadas antes de la entrada en operación de InvimÁgil. Por otra parte, se trabaja en la incorporación de la figura de titular en el extranjero dentro de la lógica operativa de la plataforma.
- Mientras se habilitan las demás funcionalidades para otros trámites asociados -como modificación, renovación y generación de certificados-, la recepción de estas solicitudes continuará realizándose a través de la Oficina Virtual. El Invima informará oportunamente a los usuarios, mediante circulares o avisos publicados en el micrositio de InvimÁgil, sobre la habilitación de nuevas funcionalidades y, en consecuencia, sobre la suspensión o interrupción de la presentación y radicación de solicitudes por las rutas ordinarias.
5. Las novedades relacionadas con actualizaciones y notificaciones se reflejarán en el
dashboard de InvimÁgil, desde donde los usuarios podrán consultar los resultados en tiempo real. Esta funcionalidad es posible gracias al diseño de InvimÁgil como una plataforma electrónica integral, que permite centralizar, agilizar y optimizar la gestión de trámites ante el Instituto, todo en un solo lugar y a un clic de distancia..
Consideraciones finales:
Para facilitar el uso de la plataforma, el Invima adelantará charlas y capacitaciones a través de webinars en línea, eventos presenciales u otros mecanismos de acompañamiento dirigidos a los diferentes actores del sector.
Además, con el propósito de impulsar la autogestión de los usuarios, se ha reforzado el micrositio InvimÁgil con nueva información relevante, al cual podrán acceder a través del enlace https://mesagil.invima.gov.co/ y que contiene información complementaria, videos tutoriales, piezas gráficas y otros recursos de apoyo.
En caso de presentar dificultades en el uso de InvimÁgil, podrá activar la Mesa de Ayuda a través del micrositio indicado anteriormente. Allí recibirá orientación sobre temas como el acceso a la plataforma, el diligenciamiento de formularios, errores en la carga de datos obligatorios, validaciones automáticas, carga de documentos, navegación entre secciones y aplicación de pagos.
Cabe precisar que con el objetivo de brindar una buena experiencia y adaptarnos a las necesidades cambiantes, la plataforma InvimÁgil estará sujeta a mejoras continuas y actualizaciones periódicas. Lo anterior, con el fin de optimizar su funcionamiento e incorporar nuevas funcionalidades destinadas a fortalecer proactivamente nuestros sistemas de seguridad, anticipar posibles vulnerabilidades y asegurar un entorno confiable para la gestión de sus trámites.
Seguimos avanzando con paso firme en la habilitación y activación de InvimÁgil para los demás sectores vigilados por el Invima. Hoy, InvimÁgil es una realidad y se consolida como la punta de lanza en el proceso de modernización institucional que estamos llevando a cabo. Lo invitamos a ser parte de este hito histórico que no solo impulsa el crecimiento económico y productivo del país, sino que también refuerza nuestro compromiso con la protección de la salud pública.
Cordialmente,
Puedes encontrar más información sobre: ¿Cómo registrar alimentos y bebidas no alcohólicas en InvimÁgil?, en invima.gov.co
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