RESUMEN: Indemnización por mora en aportes a seguridad social. La Corte Suprema de Justicia de Colombia resolvió un recurso de casación sobre la imposición de una indemnización moratoria por incumplimiento en el pago de aportes a seguridad social durante una relación laboral.
La Sala de Casación Laboral revocó la decisión del Tribunal Superior que había absuelto al empleador de pagar la sanción del artículo 65 del CST. Confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al empleador (SAG) a pagar $22.981 diarios por mora en los aportes a seguridad social desde diciembre de 2016 hasta su cancelación.
La Corte reiteró que el empleador no puede excusarse de sus obligaciones legales, como los aportes a seguridad social, y que la sanción moratoria es aplicable ante incumplimientos injustificados
Ver a continuación Sentencia Corte Suprema de Justicia sobre: Indemnización por mora en aportes a seguridad social:
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CECILIA MARGARITA DURÁN UJUETA
Magistrada ponente
SL3347-2024
Radicación n.° 101771
Acta 42 dos (02) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024)
RESUMEN DE LA SENTENCIA
La Irrenunciabilidad de los Aportes a Seguridad Social: Análisis de la Sentencia que Condenó a un Empleador por Negativa Injustificada a Afiliar a un Trabajador
En un fallo que refuerza los pilares de la seguridad social en Colombia, la Corte Suprema de Justicia analizó un caso paradigmático donde un empleador intentó eludir su obligación de afiliar a un trabajador al sistema de pensiones, alegando una supuesta «oposición» del empleado. La sentencia, que condena al patrono al pago de una indemnización moratoria de $22.981 diarios desde 2016, no solo protege los derechos del trabajador afectado, sino que establece un precedente crucial: las obligaciones de seguridad social son irrenunciables y ningún acuerdo verbal entre las partes puede eximir al empleador de su responsabilidad legal.
La Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de casación laboral que redefine los límites de la responsabilidad patronal en materia de seguridad social, específicamente sobre:
- La obligatoriedad de los aportes, incluso ante supuesta oposición del trabajador.
- Los efectos de la mora en el pago de dichos aportes.
- La improcedencia de justificaciones informales para eximir al empleador de su deber legal.
Hechos Relevantes
- Relación Laboral y Controversia
- Partes:
- Demandante: FHMV (trabajador, soldador en una fábrica de calzado).
- Demandados: SAG (empleador) y otros familiares (LMAV, SAV, MHVA).
- Tercero: Colpensiones (Administradora de Pensiones).
- Período laboral: Contratos intermitentes entre 2014 y 2016 (temporalidad discutida).
- Conflictos:
- No afiliación a seguridad social (salud, pensiones, riesgos laborales).
- Falta de pago de prestaciones sociales (cesantías, primas, vacaciones).
- Despido sin justa causa en enero de 2017.
- Argumentos del Empleador (SAG)
- Modalidad contractual: Alegó que FHMV fue contratado bajo la figura de «obra o labor» (no indefinida).
- Oposición del trabajador: Afirmó que FHMV «prefirió recibir un pago adicional en lugar de aportes» (sin prueba escrita).
- Pago de prestaciones: Sostuvo que liquidó las prestaciones sociales al finalizar cada contrato (2014–2016).
Trayectoria Procesal
- Primera Instancia (Juzgado Laboral de Medellín, 2020):
- Declaró la existencia de tres contratos laborales a término indefinido (2014–2016).
- Ordenó a SAG:
- Pagar aporte actuarial a Colpensiones por periodos no cotizados.
- Cancelar indemnización moratoria (Art. 65 CST): $22.981 diarios desde diciembre de 2016 hasta regularizar los pagos.
- Segunda Instancia (Tribunal Superior de Medellín, 2023):
- Revocó la indemnización moratoria, argumentando que:
- La demanda no había solicitado expresamente la sanción por mora en aportes a seguridad social, sino solo por prestaciones adeudadas.
- El pago de prestaciones sociales (cesantías, etc.) se habría cumplido.
- Revocó la indemnización moratoria, argumentando que:
- Casación ante la Corte Suprema (2024):
- Objeto del recurso: Revisar si el Tribunal Superior incurrió en:
- Error en la valoración probatoria (ignoró pruebas clave).
- Infracción al Art. 65 del CST (alcance de la sanción moratoria).
- Objeto del recurso: Revisar si el Tribunal Superior incurrió en:
Temas de Fondo Analizados por la Corte
A. Obligación Irrenunciable de Aportar a Seguridad Social
- Artículo 65 del CST: Establece que el empleador debe pagar un día de salario por cada día de mora en aportes a seguridad social, sin necesidad de prueba de daño.
- Jurisprudencia aplicable (CSJ SL2572-2019): «La afiliación al sistema de seguridad social es un deber legal del empleador que no admite acuerdos en contrario, ni puede condicionarse a la voluntad del trabajador».
- Hecho determinante: La Corte desestimó el argumento de SAG sobre la «oposición» del trabajador porque:
- No hubo prueba escrita de renuncia a la afiliación.
- El empleador no puede delegar su obligación (aunque el trabajador recibiera un pago adicional).
B. Error en la Valoración Probatoria
- Demanda original (hecho noveno): FHMV sí alegó la falta de afiliación a seguridad social (no solo impago de prestaciones).
- Pruebas ignoradas por el Tribunal Superior:
- Historial laboral de Colpensiones: Mostraba ausencia de cotizaciones entre 2014–2016.
- Acta de liquidaciones: No incluía comprobantes de pago de aportes.
- Conclusión de la Corte: El Tribunal interpretó restrictivamente la demanda, omitiendo que la sanción del Art. 65 CST aplica tanto para prestaciones sociales como para aportes a seguridad social.
C. Naturaleza de la Sanción Moratoria
- Finalidad: Garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social (no solo proteger al trabajador individual).
- Improcedencia de la «buena fe» alegada por SAG:
- No basta con pagar prestaciones sociales (cesantías, primas) si persiste el incumplimiento en aportes.
- La mora es objetiva: No requiere demostrar dolo o culpa del empleador.
Resolución y Consecuencias Jurídicas
- Decisión de la Corte Suprema:
- Casar la sentencia del Tribunal Superior (revocó la eliminación de la indemnización moratoria).
- Confirmar la sentencia de primera instancia:
- SAG debe pagar $22.981 diarios desde el 23/12/2016 hasta regularizar los aportes.
- Costas a cargo del empleador en todas las instancias.
- Impacto Legal:
- Refuerza la obligación patronal: Los empleadores no pueden eludir su deber con argumentos como «el trabajador no quiso afiliarse».
- Clarifica el Art. 65 CST: La sanción moratoria aplica automáticamente ante incumplimiento, sin necesidad de solicitud expresa en la demanda.
Conclusiones
- Sobre los hechos: La sentencia demostró que SAG incumplió su deber legal de afiliación, sin justificación válida.
- Sobre el derecho: Reiteró que la seguridad social es un derecho irrenunciable, y su incumplimiento acarrea sanciones económicas rigurosas.
- Sobre el proceso: Corrigió un error de interpretación que hubiera dejado desprotegido al trabajador.
Este fallo trasciende el caso particular para enviar un mensaje contundente al sistema laboral colombiano: los derechos de seguridad social son innegociables y su incumplimiento acarrea consecuencias económicas severas. Al desestimar los argumentos del empleador y confirmar la sanción moratoria, la Corte Suprema reafirma que la protección social no admite atajos ni justificaciones infundadas, garantizando así la sostenibilidad del sistema y la dignidad de los trabajadores. Más allá de la indemnización económica, la sentencia sienta un principio jurídico inquebrantable: donde hay una relación laboral, debe haber seguridad social, sin excepciones ni condicionamientos.
«Esta sentencia sienta un precedente clave: la voluntad del trabajador nunca puede ser excusa para vulnerar derechos mínimos, y el empleador debe responder por ello, sin excepciones».
La Irrenunciabilidad de los Aportes a Seguridad Social: Análisis de la Sentencia que Condenó a un Empleador por Negativa Injustificada a Afiliar a un Trabajador
En un fallo que refuerza los pilares de la seguridad social en Colombia, la Corte Suprema de Justicia analizó un caso paradigmático donde un empleador intentó eludir su obligación de afiliar a un trabajador al sistema de pensiones, alegando una supuesta «oposición» del empleado. La sentencia, que condena al patrono al pago de una indemnización moratoria de $22.981 diarios desde 2016, no solo protege los derechos del trabajador afectado, sino que establece un precedente crucial: las obligaciones de seguridad social son irrenunciables y ningún acuerdo verbal entre las partes puede eximir al empleador de su responsabilidad legal.
La Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de casación laboral que redefine los límites de la responsabilidad patronal en materia de seguridad social, específicamente sobre:
- La obligatoriedad de los aportes, incluso ante supuesta oposición del trabajador.
- Los efectos de la mora en el pago de dichos aportes.
- La improcedencia de justificaciones informales para eximir al empleador de su deber legal.
Hechos Relevantes
- Relación Laboral y Controversia
- Partes:
- Demandante: FHMV (trabajador, soldador en una fábrica de calzado).
- Demandados: SAG (empleador) y otros familiares (LMAV, SAV, MHVA).
- Tercero: Colpensiones (Administradora de Pensiones).
- Período laboral: Contratos intermitentes entre 2014 y 2016 (temporalidad discutida).
- Conflictos:
- No afiliación a seguridad social (salud, pensiones, riesgos laborales).
- Falta de pago de prestaciones sociales (cesantías, primas, vacaciones).
- Despido sin justa causa en enero de 2017.
- Argumentos del Empleador (SAG)
- Modalidad contractual: Alegó que FHMV fue contratado bajo la figura de «obra o labor» (no indefinida).
- Oposición del trabajador: Afirmó que FHMV «prefirió recibir un pago adicional en lugar de aportes» (sin prueba escrita).
- Pago de prestaciones: Sostuvo que liquidó las prestaciones sociales al finalizar cada contrato (2014–2016).
Trayectoria Procesal
- Primera Instancia (Juzgado Laboral de Medellín, 2020):
- Declaró la existencia de tres contratos laborales a término indefinido (2014–2016).
- Ordenó a SAG:
- Pagar aporte actuarial a Colpensiones por periodos no cotizados.
- Cancelar indemnización moratoria (Art. 65 CST): $22.981 diarios desde diciembre de 2016 hasta regularizar los pagos.
- Segunda Instancia (Tribunal Superior de Medellín, 2023):
- Revocó la indemnización moratoria, argumentando que:
- La demanda no había solicitado expresamente la sanción por mora en aportes a seguridad social, sino solo por prestaciones adeudadas.
- El pago de prestaciones sociales (cesantías, etc.) se habría cumplido.
- Revocó la indemnización moratoria, argumentando que:
- Casación ante la Corte Suprema (2024):
- Objeto del recurso: Revisar si el Tribunal Superior incurrió en:
- Error en la valoración probatoria (ignoró pruebas clave).
- Infracción al Art. 65 del CST (alcance de la sanción moratoria).
- Objeto del recurso: Revisar si el Tribunal Superior incurrió en:
Temas de Fondo Analizados por la Corte
A. Obligación Irrenunciable de Aportar a Seguridad Social
- Artículo 65 del CST: Establece que el empleador debe pagar un día de salario por cada día de mora en aportes a seguridad social, sin necesidad de prueba de daño.
- Jurisprudencia aplicable (CSJ SL2572-2019): «La afiliación al sistema de seguridad social es un deber legal del empleador que no admite acuerdos en contrario, ni puede condicionarse a la voluntad del trabajador».
- Hecho determinante: La Corte desestimó el argumento de SAG sobre la «oposición» del trabajador porque:
- No hubo prueba escrita de renuncia a la afiliación.
- El empleador no puede delegar su obligación (aunque el trabajador recibiera un pago adicional).
B. Error en la Valoración Probatoria
- Demanda original (hecho noveno): FHMV sí alegó la falta de afiliación a seguridad social (no solo impago de prestaciones).
- Pruebas ignoradas por el Tribunal Superior:
- Historial laboral de Colpensiones: Mostraba ausencia de cotizaciones entre 2014–2016.
- Acta de liquidaciones: No incluía comprobantes de pago de aportes.
- Conclusión de la Corte: El Tribunal interpretó restrictivamente la demanda, omitiendo que la sanción del Art. 65 CST aplica tanto para prestaciones sociales como para aportes a seguridad social.
C. Naturaleza de la Sanción Moratoria
- Finalidad: Garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social (no solo proteger al trabajador individual).
- Improcedencia de la «buena fe» alegada por SAG:
- No basta con pagar prestaciones sociales (cesantías, primas) si persiste el incumplimiento en aportes.
- La mora es objetiva: No requiere demostrar dolo o culpa del empleador.
Resolución y Consecuencias Jurídicas
- Decisión de la Corte Suprema:
- Casar la sentencia del Tribunal Superior (revocó la eliminación de la indemnización moratoria).
- Confirmar la sentencia de primera instancia:
- SAG debe pagar $22.981 diarios desde el 23/12/2016 hasta regularizar los aportes.
- Costas a cargo del empleador en todas las instancias.
- Impacto Legal:
- Refuerza la obligación patronal: Los empleadores no pueden eludir su deber con argumentos como «el trabajador no quiso afiliarse».
- Clarifica el Art. 65 CST: La sanción moratoria aplica automáticamente ante incumplimiento, sin necesidad de solicitud expresa en la demanda.
Conclusiones
- Sobre los hechos: La sentencia demostró que SAG incumplió su deber legal de afiliación, sin justificación válida.
- Sobre el derecho: Reiteró que la seguridad social es un derecho irrenunciable, y su incumplimiento acarrea sanciones económicas rigurosas.
- Sobre el proceso: Corrigió un error de interpretación que hubiera dejado desprotegido al trabajador.
Este fallo trasciende el caso particular para enviar un mensaje contundente al sistema laboral colombiano: los derechos de seguridad social son innegociables y su incumplimiento acarrea consecuencias económicas severas. Al desestimar los argumentos del empleador y confirmar la sanción moratoria, la Corte Suprema reafirma que la protección social no admite atajos ni justificaciones infundadas, garantizando así la sostenibilidad del sistema y la dignidad de los trabajadores. Más allá de la indemnización económica, la sentencia sienta un principio jurídico inquebrantable: donde hay una relación laboral, debe haber seguridad social, sin excepciones ni condicionamientos.
«Esta sentencia sienta un precedente clave: la voluntad del trabajador nunca puede ser excusa para vulnerar derechos mínimos, y el empleador debe responder por ello, sin excepciones».
Puedes encontrar más información sobre: Indemnización por mora en aportes a seguridad social, en cortesuprema.gov.co
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