Conocer qué empresas deben o están obligadas a tener revisor fiscal en Colombia, resulta un inquietud que tienen muchos directores y empresarios, dado que en Colombia es necesario contar con esta modalidad de auditoría, con base en 3 criterios, tipo de empresa y dos elementos contables, el incremento de 2 elementos de activos brutos e ingresos brutos.
Deben registrar revisor fiscal en su RUT y solicitar la firma de las declaraciones tributarias, las siguientes empresas:
1.Sociedades por Acciones.
Para las sociedades SAS, la obligatoriedad de tener revisor fiscal se da por el cumplimiento de los topes de ingresos brutos y activos brutos. Más info, ¿qué, cuáles empresas deben tener revisor fiscal en el 2023?
2.Sucursales de compañías extranjeras.
3.Las sociedades que lo determinen y así lo dispongan en los estatutos.
4.Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del 20% del capital. Ley 43 de 1990.
El sustento jurídico lo encontramos en el Código de comercio. Art. 203.
5. Será obligatorio tener Revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año 2022 sean o excedan el equivalente a 5.000 SMMLV ($5.000.000.000) y/o cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año 2022 sean o excedan al equivalente a 3.000 SMMLV. ($3.000.000.000) (Ley 43 de 1990 Art. 13 Parágrafo 2).
6. Entidades que pertenezcan al sector financiero sometidas al control y vigilancia de la superintendencia financiera (Ley 45 de 1990 Art. 20). Esto incluye las sociedades fiduciarias y las cooperativas especializadas, multiactivas o integrales.
7. Las entidades que sean sujetas de vigilancia por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Se incluyen las entidades promotoras de salud, las instituciones prestadoras de salud, empresas solidarias de salud y aquellas que hacen parte del sistema de seguridad social en salud.
8. Entidades del sector real sujetas a inspección de Superintendencia de la Economía Solidaria, siempre y cuando, el total de sus activos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente a quinientos (500) SMMLV ($500.000.000 año 2022).
Si tienes alguna inquietud te invitamos a consultar más respecto del servicio de revisoría fiscal, uno de nuestros profesionales estará atentos de asistirte.