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¿Qué lineamientos técnicos y jurídicos se aplican en el proceso de la Resolución de Información Exógena? Circular DIAN No. 000001

53 La DIAN Emitio Lineamientos Claros Sobre El Proceso De Elaboracion Revision Y Publicacion De La Resolucion De Informacion Exogena Tributaria

8 de abril de 2025

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RESUMEN: ¿Qué lineamientos técnicos y jurídicos se aplican en el proceso de la Resolución de Información Exógena? La DIAN emitió lineamientos claros sobre el proceso de elaboración, revisión y publicación de la Resolución de Información Exógena Tributaria, estableciendo un cronograma anual que garantiza la participación oportuna de las áreas responsables. Este proceso inicia en marzo y debe concluir en septiembre de cada año, con una planificación detallada de actividades, roles definidos y fechas límite, para mejorar la calidad normativa y la eficiencia en el desarrollo de la resolución.

Uno de los ejes centrales de esta circular es la exigencia de responsabilidad por parte de los directores y delegados de cada área, quienes deberán garantizar la calidad técnica, legal y tecnológica de los contenidos. Se destacan tareas como la redacción normativa, pruebas del sistema, respuesta a observaciones y coordinación con áreas jurídicas y tecnológicas. La circular busca evitar reprocesos y asegurar que la resolución final se publique con criterios de lenguaje claro, estándares de calidad y alineación normativa.

Ver a continuación Circular DIAN sobre: ¿Qué lineamientos técnicos y jurídicos se aplican en el proceso de la Resolución de Información Exógena?:

LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE LA RESOLUCIÓN  DE INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA.

DIAN

Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica

CIRCULAR NÚMERO 000001

( 13 FEB 2025 )

100202152- 021

PARA: Directores de Gestión.

ASUNTO: Lineamientos para la gestión de la Resolución de Información Exógena Tributaria.

Teniendo en cuenta que el Decreto 1742 de 2020 creó la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica y le asignó, entre otras, la función de “Definir los lineamientos para la administración de la información exógena presentada ante la entidad, en coordinación con otras dependencias de la Entidad, en el ámbito de sus competencias”

Que el procedimiento PR-COT-0394 Gestión de la Información Exógena Tributaria, establece las actividades a desarrollar desde la designación del funcionario responsable de coordinar el proyecto de modificación/actualización de la resolución de información exógena y hasta la disposición de la información en los Sistemas de Información y aplicativos dispuestos para la consulta y cruces de información.

Que, teniendo en cuenta los reprocesos en la definición y aprobación de los cambios y adiciones en el desarrollo de las mesas técnicas, se hace necesario implementar mejoras en la gestión de la mesa de trabajo para la elaboración de la resolución de información exógena tributaria, asignando actividades específicas a las áreas involucradas.

Que se hace necesario para la realización de las actividades, establecer un cronograma anual con obligaciones claras, fechas y límites de acuerdo con las facultades de los intervinientes, conforme lo establece el Procedimiento de Gestión de la Información Exógena Tributaria PR-COT-0394.

Que la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología debe conocer con anticipación la definición, ajustes y creación de nuevos formularios para realizar los desarrollos necesarios, para lo cual se hace necesario incluir en el cronograma mencionado, términos fijos para garantizar la disposición de estos a la ciudadanía y que, por otra parte, la Dirección de Gestión Jurídica requiere el tiempo suficiente para su revisión y posterior publicación.

Que, con base en lo anterior, se hace necesario establecer los siguientes parámetros para tener en cuenta además de lo incluido en el procedimiento arriba mencionado:

  1. Las actividades que aquí se describen durarán máximo 7 meses, comenzarán el primer día hábil del mes de marzo de cada año y finalizarán con la Resolución de Información Exógena, formalizada a más tardar el último día hábil del mes de septiembre de cada año.
  • Una vez se delegue al responsable de coordinar la mesa de trabajo del proyecto de Resolución de Información Exógena Tributaria por el Director de Gestión Estratégica y de Analítica, se convocará mediante correo electrónico a las direcciones de gestión para que elaboren, remitan las propuestas y los nombres de los delegados a más tardar al sexto día hábil del mes de marzo de cada año.

En ningún caso exonerará de responsabilidad sobre la gestión adelantada ante la mesa de trabajo para la resolución de información exógena al Director de Gestión respectivo.

  • Los delegados deberán ejecutar oportunamente y con calidad las diferentes actividades que se propongan para llevar a término la Resolución de Información Exógena Tributaria. Las propuestas que no se remitan en el tiempo establecido no serán analizadas y los delegados que no sean designados en los tiempos señalados en esta circular no harán parte de la mesa para el año en cuestión y, por lo tanto, no podrán incluir ni solicitar modificación de información en el proyecto de resolución.

En todo el proceso de definición y formalización de la Resolución de Información Exógena Tributaria, los delegados deberán hacerse cargo de los temas propuestos por sus áreas: redacción normativa, construcción de los anexos de especificaciones técnicas, definición de validaciones, prueba de Prevalidadores y Sistema de Presentación de Información, así como de la definición de variables en el Sistema de Análisis de Operaciones y la atención de las PQRSD que se presenten sobre los temas a cargo.

En cada una de las reuniones de las mesas de trabajo, se levantará un acta en la cual quede registrado con precisión, cada aspecto (formal y de fondo) a incorporar en el proyecto de resolución y así sucesivamente hasta tener el documento completo que elaborará el coordinador de la mesa de trabajo.

El proyecto final se entregará por parte de la mesa de trabajo al Director de Gestión Estratégica y de Analítica, con los vistos buenos de la Coordinación de Programas y Campañas de Control y de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas, el último día hábil del mes de julio de cada año.

  • El término máximo para radicar el proyecto final de Resolución de Información Exógena Tributaria para revisión en la Dirección de Gestión Jurídica, será el primer día hábil del mes de agosto de cada año.

De acuerdo con lo anterior, a través de la mesa de trabajo los delegados de cada área deberán atender y solucionar en el término de cinco días hábiles, las observaciones y solicitudes de ajuste/modificación que se presente por la Dirección de Gestión Jurídica.

El Director de Gestión Estratégica y de Analítica al día hábil siguiente, remitirá los ajustes a la Dirección de Gestión Jurídica para su autorización de publicación.

Finalizado el término de publicación del proyecto de resolución para comentarios de la ciudadanía, cada área, de acuerdo con los temas a su cargo, tendrá cinco días hábiles para dar respuesta conforme los lineamientos de la Dirección de Gestión Jurídica y entregar al Coordinador de la mesa de trabajo el proyecto de resolución ajustado. El Coordinador de la mesa de trabajo entregará al día siguiente al Director de Gestión Estratégica y de Analítica, el proyecto de resolución consolidado con los vistos buenos de la Coordinación de Programas y Campañas de Control y de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas.

El Director de Gestión Estratégica y de Analítica remitirá al día hábil siguiente, el proyecto de resolución ajustado a la Dirección de Gestión Jurídica.

Las áreas delegadas de la mesa de trabajo que no den trámite y atiendan las observaciones que les corresponda en los términos previstos, les será retirada la información o modificación solicitada para esa vigencia.

  • El primer día hábil del mes de agosto se radicará en la herramienta habilitada por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, el proyecto de actualización tecnológica solicitando lo siguiente: emisión certificada de viabilidad técnica, construcción esquemas xsd, formatos nuevas versiones, actualización prevalidadores de datos, actualización sistema de presentación.

Los delegados a través de la mesa de trabajo serán responsables de los ajustes y actualizaciones necesarias de acuerdo con las indicaciones dadas por la Dirección de Gestión de Tecnología e Innovación.

  • Una vez entre en vigencia la Resolución de Información Exógena Tributaria, no se podrá gestionar su modificación, salvo cambios normativos o técnicos posteriores que afecten la resolución lo cual tendrá que ser solicitado a la mesa de trabajo por el Director de Gestión correspondiente.

La mesa de trabajo deberá garantizar que lo contenido en la resolución se elaboró con estándares de calidad y lenguaje claro propios de una norma

JAVIER AVILA MAHECHA

DIRECTOR DE GESTIÓN ESTRATÉGICA Y DE ANALÍTICA

Proyectó:      Luz Alejandra Escandón Rosero, Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas. Sandra Milena Rodríguez Naranjo, Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas. Mauricio Ojeda Guerrero, Coordinación de Programas y Campañas de Control.

Revisó:          Ángela Cruz Lasso, Subdirectora de Análisis de Riesgo y Programas.

Andrés Esteban Ordóñez Pérez, Asesor Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica

 
Puedes encontrar más información sobre: ¿Qué lineamientos técnicos y jurídicos se aplican en el proceso de la Resolución de Información Exógena?, en dian.gov.co 

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