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Prescripción del Formulario 220 para el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022. Resolución DIAN 42 de 2023

9 de mayo de 2023

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RESUMEN: Prescripción del Formulario 220 para el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022. La DIAN prescribe el uso obligatorio del Formulario 220 para la obtención del Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones correspondiente al Año Gravable 2022. Esta medida tiene como objetivo garantizar la adecuada identificación y registro de los ingresos y retenciones de los contribuyentes, así como asegurar la correcta presentación de la declaración de renta.

Ver a continuación oficio DIAN sobre: Prescripción del Formulario 220 para el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022:

RESOLUCIÓN 42 DE 2023

Diario Oficial No. 52.338 de 16 de marzo de 2023

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se prescribe el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022”.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 2 del artículo 8o del Decreto 1742 de 2020, el artículo 378 del Estatuto Tributario y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 378 del Estatuto Tributario establece que los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la Dirección General de Impuestos Nacionales (hoy Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)).

Que se requiere prescribir para el año gravable 2022 el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022”.

Que se adicionó a la descripción de la casilla 54 lo correspondiente a cuentas AVC (Ahorros Voluntarios Contractuales), la cual no implica cambios o desarrollos informáticos adicionales al formulario número 220.

Que se requiere actualizar el valor en pesos que se indican en la parte inferior del formulario para cuando se certifica que no cumplió los topes para estar obligado a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2022, considerando que la Unidad de Valor Tributario (UVT), para el año gravable 2022 corresponde a $38.004, según la Resolución 0000140 del 25/11/2021.

Que el proyecto de resolución fue publicado para comentarios por tres (3) días, del 3 al 6 de marzo de 2023, en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de acuerdo con el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y los cometarios se encuentran en la matriz de observaciones y respuestas.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. PRESCRIPCIÓN DEL FORMULARIO NÚMERO 220 “CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES – AÑO GRAVABLE 2022”. Prescribir el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable:2022” diseño que forma parte integral de la presente resolución.

El Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022” a que se refiere este articulo podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los empleadores o contratantes de servicios personales para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida.

ARTICULO 2 PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO 3. VIGENCIA.  La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de marzo de 2023.

El Director General,

Luis Carlos Reyes Hernández.

CONSULTAR ANEXO EN EL DIARIO OFICIAL IMPRESO O EN EL FORMATO PDF PUBLICADO EN LA WEB WWW.IMPRENTA.GOV.CO

Consultar anexo original directamente en el siguiente enlace:

http://168.61.69.177/documentospdf/PDF/R_DIAN_0042_2023.pdf

Puedes encontrar más información sobre: Prescripción del Formulario 220 para el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022, en dian.gov.co     

Además del tema relacionado con: Prescripción del Formulario 220 para el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2022, quizás te interese leer: Gastos de representación y certificado de ingresos y retenciones. Oficio DIAN Nº 1114

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