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Reconocimiento y baja – Reversión de facturas

G&D CONSULTING GROUP

4 de febrero de 2024

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Reconocimiento y baja – Reversión de facturas en Colombia

Resumen: Reconocimiento y baja – Reversión de facturas es el tema de consulta que se le realiza al Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) de Colombia. La consulta está relacionada con un caso de mercancía dada en consignación entre un productor y un comprador del interior del país en 2022. Debido a que parte de la mercancía no se vendió, en 2023 el comprador va a devolver al productor mercancía en buen estado por un valor de $13 millones más IVA.

El CTCP indica que con Reconocimiento y baja – Reversión de facturas, los recursos y hechos económicos se reconocen según su esencia y realidad económica, no solo su forma legal. Es decir, si en 2022 se cumplieron los criterios para reconocer la transacción de compraventa, esta se debió registrar así no se hubiera emitido la factura. Por tanto, para revertir la factura en 2023 se debe evaluar si en 2022 hubo entrada y salida real de mercancía.
De esta forma, Reconocimiento y baja – Reversión de facturas implica analizar si se cumplieron los requisitos para el reconocimiento contable en 2022. Si solo fue una transacción de papel sin movimiento real de bienes, la nota crédito en 2023 representaría la anulación de algo que realmente no sucedió. Hay autonomía entre normas tributarias y contables, por lo que no emitir factura no impidió reconocer la transacción según las disposiciones contables aplicables con Reconocimiento y baja – Reversión de facturas

 

En la consulta Reconocimiento y baja – Reversión de facturas, basándonos en el número de radicado 2023-0368, lo invitamos a leer el siguiente concepto. Por favor, haga clic en el botón que se provee a continuación.

¿Qué indica el concepto doctrina de la DIAN sobre reversión de facturas?

  • El concepto doctrina de la DIAN permite hacer notas crédito con código 20 (referenciando la factura original) o código 22 (sin referenciarla) para reversión de facturas.

¿La forma legal es suficiente para revertir la factura?

  • No, los hechos económicos se reconocen por su esencia y realidad económica, no solo por su forma legal. La no entrega de factura no impide reconocer la transacción.

¿La autonomía entre normas tributarias y contables que implica?

  • Que no emitir factura no impide aplicar criterios contables de reconocimiento y baja según la esencia de la transacción con Reconocimiento y baja – Reversión de facturas.

¿Qué indican las NIIF sobre reconocimiento de partidas?

  • Se reconocen como activos, pasivos, ingresos y gastos cuando satisfacen definiciones y criterios del marco conceptual.

¿La fecha de la factura nueva aplica para reconocimiento contable?

  • No necesariamente. Este se fundamenta en transferencia de control, riesgos y beneficios. La factura soporta pero no define el reconocimiento.

¿Qué efectos tiene la reversión de facturas?

  • Efectos contables por el reconocimiento real de la transacción y efectos fiscales por fecha de expedición de facturas con Reconocimiento y baja – Reversión.
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