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Acceso digital a la justicia en Colombia

ley 2213 de 2022

15 de junio de 2022

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El acceso digital a la justicia en Colombia fue reglamentada con la expedición de la Ley 2213 de 2022, de esta forma, se le dio carácter de permanencia al acceso a la justicia vía digital ordenado en el decreto 806 de 2020.

En aras de dar un mejor entendimiento del funcionamiento de la ley, a continuación presenta unas características especiales de la ley:

¿En qué áreas del derecho aplica la justicia digital?

Esta norma aplica para todas las áreas del derecho, así:

  • Derecho civil.
  • Derecho Laboral.
  • Derecho de familia.
  • Derecho administrativo.
  • Derecho constitucional.
  • Derecho disciplinario.
    En tratándose de la especialidad penal y penal militar el uso de las TIC en dichos procesos será potestativo del juez o magistrado a cargo. Decisión que no es susceptible de ningún recurso.

Se aclara que excepcionalmente,  será presencial siempre y cuando los sujetos procesares y la autoridad judicial manifieste las razones por las cuales no se puede realizar por medio de las TIC, dejando constancia en el expediente.

¿Cómo se deben hacer las notificaciones con la ley 2213 de 2022?

  • las notificaciones que deban hacerse personalmente también podrán efectuarse con el envío de la providencia respectiva como mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que suministre el interesado en que se realice la notificación, sin necesidad del envío de previa citación o aviso físico o virtual.

La notificación personal se entenderá realizada una vez transcurridos dos días hábiles siguientes al envío del mensaje y los términos empezarán a contarse cuando el iniciador recepte el acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar el acceso del destinatario al mensaje.

¿Qué se debe hacer si no esta conforme con la notificación electrónica que recibe?

  • Cuando exista discrepancia sobre la forma en que se practicó la notificación, la parte que se considere afectada deberá manifestar bajo la gravedad del juramento, al solicitar la declaratoria de nulidad de lo actuado, que no se enteró de la providencia, además de cumplir con lo dispuesto en los artículos 132 a 138 del Código General del Proceso.

¿Qué ocurre con la notificación y constancia de firma con la ley 2213?

  • Las notificaciones por estado se fijarán virtualmente, con inserción de la providencia, y no será necesario imprimirlos, ni firmarlos por el secretario, ni dejar constancia con firma al pie de la providencia respectiva.

Teniendo en cuenta lo anterior, es menester aclararle a todos los empresarios que se ha convertido en una obligación legal, la correcta identificación y actualización de los correos electrónicos judiciales (que se encuentra en la en certificado de existencia y representación legal emitido por la Cámara de Comercio donde está inscrita la sociedad).

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Si tienen alguna duda respecto a la ejecución de los procesos judiciales por vía virtual, no dude en contactarnos.

Si tiene interés respecto de los servicios que generan IVA en Colombia y son prestados desde el exterior, este artículo es para usted.

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