Servicios de outsourcing | Contable | Tributario | Legal | Auditoria

Dictamen – estados financieros modificados en Colombia

Dictamen – estados financieros modificados', emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). En la parte superior, se muestra el encabezado con el nombre del destinatario, Alejandro Salcedo Macias, y su dirección de correo electrónico. A continuación, se incluyen detalles de referencia como el número de radicado, la fecha de radicado, el número de radicación CTCP y el tema del dictamen. La página contiene una sección de consulta textual donde se plantean preguntas sobre la firma de los estados financieros modificados después de una auditoría externa, seguida por una sección de 'Consideraciones y Concepto' donde el CTCP responde a las consultas. El documento está redactado en un tono formal y técnico, abordando aspectos específicos de la normativa contable y de auditoría en Colombia.

17 de enero de 2024

Categorias

Etiquetas

Dictamen – estados financieros modificados

En resumen, el documento aborda aspectos específicos de la normativa contable y de auditoría en Colombia, proporcionando orientación sobre la responsabilidad y el alcance de la firma y el dictamen de estados financieros en un contexto de auditoría externa y cambio de revisor fiscal.

La consulta plantea tres preguntas específicas en relación con la firma de estados financieros modificados tras una auditoría externa. La situación descrita se refiere a una Sociedad Anónima en la que el consultante dejó de ejercer como revisor fiscal el 1 de abril de 2023, y se realizó una auditoría externa que resultó en la modificación de los estados financieros​​.

El CTCP proporciona su opinión basándose en la normativa vigente. Indica que el consultante sólo puede firmar y dictaminar estados financieros hasta el momento en que ejerció como revisor fiscal, es decir, hasta el 1 de abril de 2023. Además, señala que los estados financieros modificados resultantes de la auditoría externa únicamente pueden ser firmados por el representante legal y el contador público responsable de su preparación, y ser dictaminados únicamente por el auditor independiente que llevó a cabo la auditoría.

Adicionalmente, el CTCP hace referencia al Artículo 57 de la Ley 43 de 1990, que establece que ningún Contador Público puede dictaminar o conceptuar sobre actos ejecutados o certificados por otro Contador Público que afecte su integridad moral o capacidad profesional sin antes solicitar las debidas explicaciones y aclaraciones de quienes hayan actuado inicialmente​​. 

¿Puede el revisor fiscal firmar los estados financieros modificados tras una auditoría externa?

  • No, el revisor fiscal sólo puede firmar y dictaminar los estados financieros hasta el momento en que ejerció su cargo, que en este caso es hasta el 1 de abril de 2023.

¿Quién debe firmar los estados financieros modificados después de una auditoría externa?

  • Los estados financieros modificados deben ser firmados por el representante legal y el contador público responsable de su preparación.

¿Quién puede dictaminar los estados financieros modificados?

  • Únicamente el auditor independiente que realizó la auditoría externa puede dictaminar los estados financieros modificados.

¿Qué responsabilidad tiene el revisor fiscal al emitir un dictamen?

  • El revisor fiscal debe ejercer debida diligencia profesional y responsabilidad conforme al Código de Ética y normativas relevantes, asegurándose de que su trabajo tenga sustento en los papeles de trabajo adecuados.

¿Cuál es la importancia de los papeles de trabajo para el revisor fiscal?

  • Los papeles de trabajo son fundamentales para sustentar la labor del revisor fiscal, asegurando la responsabilidad y cumplimiento de sus deberes.

¿Qué normativa rige la función y responsabilidad del revisor fiscal en Colombia?

  • La Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, sus Decretos Reglamentarios, y otras normas como el Código de Comercio y la Ley 222 de 1995.

¿Puede un Contador Público dictaminar sobre actos ejecutados por otro Contador Público?

  • Un Contador Público no puede dictaminar o conceptuar sobre actos de otro Contador Público que afecten su integridad moral o capacidad profesional sin antes solicitar las debidas explicaciones y aclaraciones, según el Artículo 57 de la Ley 43 de 1990.

¿Qué ocurre si hay cambio de revisor fiscal durante el proceso de auditoría externa?

  • El revisor fiscal saliente no puede firmar ni dictaminar los estados financieros modificados; esta responsabilidad recae en el nuevo contador público y el auditor independiente.

¿Qué ley regula los estados financieros certificados y dictaminados en Colombia?

  • La Ley 222 de 1995 establece regulaciones para los estados financieros certificados (Artículo 37) y dictaminados (Artículo 38).

¿Cuál es el alcance del concepto emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública?

  • El concepto emitido por el CTCP es de carácter general y no pretende resolver casos particulares, basándose en la información presentada por el consultante y en la normativa aplicable.
¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)
Iniciar chat
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?