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Revisores fiscales | ¿Qué hace un revisor fiscal en Colombia?

Revisores Fiscales en Colombia

27 de julio de 2026

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El Revisor Fiscal en Colombia desempeña un papel fundamental en el cumplimiento de las obligaciones legales, la transparencia empresarial y el fortalecimiento del gobierno corporativo. Sin embargo, tanto empresarios colombianos como inversionistas extranjeros suelen tener dudas sobre cuándo es obligatorio designar un revisor fiscal, cuáles son sus funciones, quién debe nombrarlo y qué documentos está facultado para firmar.

En esta guía encontrará una explicación práctica y actualizada sobre los casos en los que una empresa debe contar con un revisor fiscal en Colombia, el procedimiento para su nombramiento, los requisitos que debe cumplir este profesional o una firma de revisoría fiscal, así como las principales funciones y responsabilidades del cargo. Además, conocerá las disposiciones más relevantes del Código de Comercio, la Ley 43 de 1990 y demás normas aplicables, con el fin de garantizar el cumplimiento de la legislación colombiana y fortalecer las prácticas de gobierno corporativo de su organización.

  1. Cómo determinar si una empresa necesita Revisor Fiscal en Colombia

    Descripción
    Sigue estos pasos para identificar si su empresa está obligada a nombrar un Revisor Fiscal de acuerdo con la legislación colombiana.
    Paso 1
    Identifique el tipo de sociedad
    Verifica si la empresa es una Sociedad Anónima (S.A.), una Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.), una S.A.S., una Ltda. o una sucursal de sociedad extranjera.
    Paso 2
    Revise si existe una obligación legal
    Determina si la empresa pertenece a un sector regulado o si una norma especial exige contar con Revisor Fiscal.
    Paso 3
    Valide los topes financieros
    Comprueba si al 31 de diciembre del año anterior la empresa superó los límites de activos o ingresos establecidos por la ley para la obligación de nombrar Revisor Fiscal.
    Paso 4
    Consulte los estatutos sociales
    Revisa si los estatutos de la sociedad establecen la obligación de contar con Revisor Fiscal, aunque la ley no lo exija.
    Paso 5
    Realice el nombramiento
    Si existe la obligación, la Asamblea General de Accionistas o la Junta de Socios debe nombrar al Revisor Fiscal y, preferiblemente, a su suplente.
    Paso 6
    Formalice el nombramiento
    Formaliza la aceptación del cargo, expida el acta correspondiente, registre el nombramiento ante la Cámara de Comercio cuando aplique y actualice el RUT si es necesario.

Los revisores fiscales son un enigma para los empresarios extranjeros, incluso para muchos empresarios colombianos, hablar de revisoría fiscal trae a su mente un auditor que va a retrasar la ejecución de sus proyectos comerciales. Sin  embargo, el revisor fiscal es un auditor quien vela por el ayudar a la dirección a cumplir con la normatividad colombiana mediante la sugerencia de de controles internos.

¿Qué empresas deben tener revisor fiscal en Colombia?

Podemos organizar las empresas que en Colombia deben tener revisor fiscal de la siguiente forma:

  1. Sociedades por acciones (obligatorio siempre)

Conforme al artículo 203 del Código de Comercio, deben tener Revisor Fiscal, independientemente de su tamaño:

• Sociedad Anónima (S.A.)

• Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.)

Esto significa que incluso una S.A. pequeña debe contar con Revisor Fiscal.

Importante: La SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) tiene una regla especial, ya que la Ley 1258 de 2008 exceptúa la aplicación automática de este numeral. Por tanto, una SAS no siempre está obligada a tener Revisor Fiscal.

2. Sucursales de sociedades extranjeras

Todas las sucursales de compañías extranjeras establecidas en Colombia deben tener Revisor Fiscal.

3. Sociedades que superan determinados topes

De acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, toda sociedad comercial, cualquiera sea su tipo (incluidas las SAS y las Ltda.), deberá tener Revisor Fiscal cuando al 31 de diciembre del año anterior cumpla cualquiera de estas condiciones:

  • Activos brutos iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), o
  • Ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 SMMLV durante el año inmediatamente anterior.

4. Cuando los estatutos lo exigen

Aunque la ley no obligue, los socios pueden establecer en los estatutos que la sociedad tendrá Revisor Fiscal.

Es frecuente en:

  • SAS con inversionistas.
  • Empresas familiares.
  • Compañías que buscan mejores prácticas de gobierno corporativo.

5. Cuando una norma especial lo exige

Existen sectores regulados donde la legislación especial exige Revisor Fiscal, por ejemplo:

  • Universidades, fundaciones y ESAL cuando la norma especial lo establece.
  • Empresas de servicios públicos domiciliarios en ciertos supuestos.
  • Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.
  • EPS e IPS en determinados casos.
  • Cooperativas y fondos de empleados.
  • Cajas de compensación.
  • Otras entidades sometidas a vigilancia especial.

La obligación dependerá de la regulación específica aplicable a cada sector.

¿Qué empresas requieren Revisor Fiscal?

Ahora bien, otra duda que usted puede tener es ¿Cómo se elige el revisor fiscal?. La elección del Revisor Fiscal depende del tipo de sociedad y de lo establecido en la ley o en los estatutos. En términos generales, el procedimiento es el siguiente:

¿Quién elige al Revisor Fiscal?

La Asamblea General de Accionistas o la Junta de Socios es el órgano competente para nombrar al Revisor Fiscal.

En la mayoría de los casos, el nombramiento se realiza:

  • Durante la reunión ordinaria del máximo órgano social.
  • Mediante una reunión extraordinaria cuando sea necesario.
  • Por el término definido en los estatutos o hasta que se designe su reemplazo.

En conclusión, el revisor fiscal es elegido por la asamblea de accionistas, junta de socios u órgano competente, si se trata de la sucursal de una sociedad extranjera.

Dicho lo anterior, es importante conocer que, al nombrar un revisor fiscal, también es importante que la asamblea nombre un revisor fiscal suplente, esta última figura, es la responsable de suplir al revisor fiscal principal en las situaciones que se presente su ausencia, por tanto, será la persona facultada para firmar los documentos correspondientes. Estimado lector, debe tener presente que no podrá actuar de forma simultánea con el principal, esto sucede así para evitar la evasión y disolución de responsabilidades.

Otra pregunta recurrente es ¿Puede ser el revisor fiscal una persona natural o una firma?

La respuesta es sí. El cargo puede ser desempeñado por:

  • Un Contador Público (persona natural) con tarjeta profesional vigente.
  • Una firma de contadores públicos, caso en el cual la firma debe designar al contador público que ejercerá personalmente las funciones de Revisor Fiscal. Para este último caso, brinda un mayor respaldo, además, que en las firmas de revisoría fiscal se concentran un equipo interdisciplinar que ayuda a los profesionales en revisoría fiscal con opiniones complementarias, enriqueciendo el conocimiento o complementando el criterio.

¿Qué calidades debe tener un revisor fiscal en Colombia?

El Revisor Fiscal debe:

  • Ser Contador Público titulado.
  • Tener tarjeta profesional vigente.
  • Cumplir con los requisitos de independencia establecidos en la Ley 43 de 1990.
  • No encontrarse incurso en inhabilidades o incompatibilidades legales.
  • Actuar con independencia frente a la administración y los accionistas.

Otra pregunta que muchos de nuestros clientes realizan es ¿Cómo se la formalización del nombramiento del revisor fiscal? vamos a verlo.

¿Cómo se Formalización el nombramiento?

Una vez elegido, normalmente se realiza el siguiente proceso:

  • Aprobación del nombramiento por la Asamblea o Junta de Socios.
  • Aceptación expresa del cargo por parte del Revisor Fiscal.
  • Expedición del acta correspondiente.
  • Inscripción del nombramiento en la Cámara de Comercio (cuando corresponda).
  • Actualización del RUT ante la DIAN si el registro del Revisor Fiscal hace parte de la información tributaria de la sociedad.
Nombramiento Revisor Fiscal

Ahora bien, qué ocurre con los documentos que firma el revisor fiscal, conviene entonces aclarar, este punto.

¿Qué documentos firma el revisor fiscal en Colombia?

El Revisor Fiscal en Colombia firma diferentes documentos en ejercicio de sus funciones de fiscalización, dictamen y certificación. Sin embargo, no todos los documentos de una empresa requieren su firma, sino únicamente aquellos que la ley o la regulación establecen.

1. Estados financieros dictaminados (Obligatorio)

Es el documento más importante que firma el Revisor Fiscal.

Incluye:

  • Estado de Situación Financiera
  • Estado de Resultados
  • Estado de Cambios en el Patrimonio
  • Estado de Flujos de Efectivo
  • Notas a los estados financieros

El Revisor Fiscal emite su Opinión o Dictamen sobre si los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera de la compañía de conformidad con las NIIF.

2. Dictamen del Revisor Fiscal

Acompaña los estados financieros e incluye:

  • Opinión limpia o sin salvedades.
  • Opinión con salvedades.
  • Opinión adversa.
  • Abstención de opinión.

3. Informe a la Asamblea General de Accionistas o Junta de Socios

Anualmente presenta un informe sobre aspectos como:

  • Cumplimiento legal.
  • Control interno.
  • Conservación de libros.
  • Cumplimiento tributario.
  • Pago oportuno de aportes a seguridad social.
  • Gestión de la administración.
  • Hallazgos relevantes.

4. Certificaciones tributarias

Dependiendo del caso, el Revisor Fiscal firma certificaciones relacionadas con:

  • Costos y deducciones.
  • Retenciones practicadas.
  • Cumplimiento de requisitos tributarios.
  • Certificaciones solicitadas por la DIAN.
  • Beneficios tributarios.

5. Declaraciones tributarias

No todas las declaraciones requieren la firma del Revisor Fiscal.

Generalmente firma:

  • Declaración del Impuesto sobre la Renta.
  • Declaración del Impuesto al Patrimonio (cuando exista).
  • Declaraciones con saldo a favor cuando la ley lo exige.
  • Otras declaraciones previstas expresamente por el Estatuto Tributario.

Las declaraciones de IVA y Retención en la Fuente únicamente requieren su firma cuando se cumplen los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario.

Nota: si te interesa consultar qué dice la DIAN respecto de la firma del revisor fiscal, puedes consultar el siguiente enlace, Firma de revisor fiscal en declaraciones tributarias.

6. Certificaciones financieras

Frecuentemente firma certificaciones para:

  • Bancos.
  • Entidades financieras.
  • Procesos licitatorios.
  • Clientes internacionales.
  • Procesos migratorios.
  • Embajadas.
  • Inversionistas.

Por ejemplo:

  • Certificación de ingresos.
  • Certificación de patrimonio.
  • Certificación de pasivos.
  • Certificación de ventas.

7. Certificaciones para la UGPP

Puede firmar certificaciones relacionadas con:

  • Pago de aportes a seguridad social.
  • Nómina.
  • Base de cotización.

8. Información financiera para entidades de control

Cuando la entidad lo exige, firma información presentada ante:

  • Superintendencia de Sociedades.
  • Superintendencia Financiera.
  • Superintendencia de Salud.
  • Superintendencia de Economía Solidaria.
  • Otras entidades de vigilancia.

9. Certificaciones para procesos societarios

Puede certificar documentos relacionados con:

  • Distribución de utilidades.
  • Capitalizaciones.
  • Disolución y liquidación.
  • Fusiones.
  • Escisiones.
  • Transformaciones.

10. Certificaciones para entidades públicas

Por ejemplo:

  • Procesos de contratación estatal.
  • Registro Único de Proponentes (RUP).
  • Certificaciones financieras para licitaciones.
Documentos firmados por el Revisor Fiscal | Revisores fiscales

¿Qué documentos no firma el revisor fiscal

Cabe mencionar que los revisores fiscales no firman.

  • Contratos comerciales.
  • Contratos laborales.
  • Facturas.
  • Órdenes de compra.
  • Comprobantes contables.
  • Comprobantes de egreso.
  • Cheques.
  • Transferencias bancarias.
  • Actas de Junta Directiva.
  • Actas de Asamblea (salvo como asistente cuando corresponda).
  • Certificados laborales.

Expuesto lo anterior, si aún tienes alguna inquietud, pueden consultar más del Servicio de revisoría fiscal o si lo deseas, puedes agendar una cita con nuestro equipo.

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