ASESORÍA CAMBIARIA
Nuestra asesoría cambiaria atiende el dinamismo que Colombia tiene al recibir aumento en el flujo de inversión extranjera. Es por ello que nuestros abogados especializados en derecho cambiario tiene en cuenta los controles del régimen cambiario que ejerce la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y las políticas monetarias que el Banco de la República de Colombia realiza como agente fiscal del gobierno.
Servicio de Asesoría Cambiaria
Teniendo en cuenta estos asuntos, G&D Consulting Group ofrece el servicio de asesoría cambiaria, nuestro propósito es guiar a nuestros clientes con los cumplimientos en el contexto de las regulación cambiaria.
Evita sanciones con nuestro servicio de asesoría cambiaria
Sabemos que las empresas y los inversionistas deben controlar los informes y el cumplimiento con respecto a las reglamentaciones cambiarias, a fin de evitar sanciones en virtud de las regulaciones del Banco de la República y la DIAN, razón por la cual ofrecemos:
- Cumplimiento regular bajo las Regulaciones de Cambios Internacionales
- Auditoría de formularios de cambio presentada ante el Banco de la República y la DIAN.
- Asistencia con Declaración de Registro de Inversiones Internacionales
- Asistencia con Registro de Recomposición de Capital
- Asistencia con Registro de inversión suplementaria al capital asignado y actualización de cuentas patrimoniales
- Asistencia para obtener aprobaciones del Banco de la República dependiendo de las requisiciones bajo las regulaciones de control de cambiario
- Asesoramiento y certificación en inversiones entrantes y salientes, transacciones de exportación e importación
- Asistencia en el establecimiento / cierre de la Oficina de Enlace, la Sucursal, la Oficina de Proyectos y la subsidiaria de propiedad absoluta en Bogotá bajo las leyes del Banco Central de Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Ley de Sociedades
- Cambiar conceptos legales relacionados con transacciones que son obligatorias para ser canalizadas ante el mercado de divisas
- Asesoramiento de divisas en caso de inversión extranjera o reorganizaciones comerciales
- Asesoramiento en la respuesta a procesos relacionados con posibles infracciones cambiarias adelantadas por la DIAN o la Superintendencia de Compañías
- Procesos de debida diligencia en asuntos control cambiario
- Asesoramiento sobre estrategias de planificación cambiaria, dentro del marco legal actual
Cartera de la asesoría cambiaria
Nuestra firma ofrece una cartera integral de servicios, con la cual se brinda acompañamiento profesional y especializado en materia cambiaria, que permite identificar posibles contingencias en relación al cumplimiento de obligaciones cambiarias y que facilita el conocimiento del régimen cambiario.
En Colombia, las operaciones cambiarias están reguladas por el Banco Central de Colombia. Para obtener más información de la entidad, consulte: banrep.gov.co
Nuestra sede en Bogotá es muy conveniente para aquellas empresas que actualmente procesan con frecuencia transacciones porque las principales oficinas bancarias están ubicadas en la ciudad, además el mayor centro de atención al cliente del Banco Central también está en Bogotá, por lo que las solicitudes se pueden satisfacer más rápidamente.
¿Cómo recibir divisas o recursos del exterior?
Debe tener claro por qué concepto está recibiendo las divisas con el fin de realizar una adecuada monetización diligenciando los formularios cambiarios correspondientes que tiene diseñado el Banco de la República o su banco intermediario para estos efectos.
En Colombia puede recibir divisas por venta de productos o mercancías, endeudamiento, capitalización de sociedades, compra de títulos valores o bienes, venta de servicios, venta de aportes en sociedades. Para cada uno de estos grandes rubros existe un formulario diseñado por el Banco de la República y al respaldo del mismo (que puede ser consultado de forma digital) se encuentran los numerales cambiarios existentes con los cuales se puede identificar una operación de ingreso de divisas.
Sí se equivoca en el diligenciamiento de un formulario, no tenga temor, el mismo puede ser corregido.
Recuerde que las operaciones de endeudamiento externo debe realizarlas en 2 pasos. Primero, pedir una autorización con el formulario No. 6 (Información de endeudamiento externo) y segundo, monetizar los recursos o divisas con el formulario No. 3 (Declaración de cambio por endeudamiento externo).
Es importante tener en cuenta que en Colombia las infracciones que se cometan en el régimen cambiario pueden ir hasta el 200% del valor de la operación.